RECATEGORIZACIÓN DEL MONOTRIBUTO: PARÁMETROS ACTUALIZADOS

ESTUDIO RINERO recuerda que del 1 al 22 de enero de 2024, los pequeños contribuyentes deberán evaluar los parámetros que determinan su categoría como monotributistas e informar los cambios que se produzcan, en caso de que les corresponda una de categoría distinta a la actual o, también, si deben pasar al régimen general.

La recategorización se realiza dos veces al año, en enero y julio. En estos períodos, todos los monotributistas deben realizar esta evaluación de sus parámetros. En caso de mantener la misma categoría, no es necesario ingresar los datos al sistema.

No corresponde hacer la recategorización si transcurrieron menos de 6 meses desde la inscripción al régimen simplificado. En cambio, si el período es entre 6 meses y menos de 12, se deben anualizar los ingresos para hacer la recategorización.

El importe correspondiente a la nueva categoría se abona en el mes siguiente al de la recategorización.

Si necesitás asesoramiento sobre este tema, o la realización del trámite correspondiente, consultá en ESTUDIO CONTABLE RINERO Y ASOCIADOS.